sábado, junio 3

¿Cómo denunciar fraude en las Elecciones 2023?


Las denuncias pueden hacerse personalmente, vía telefónica o a través de Whatsapp.

De cara a las elecciones 2023 que se desarrollarán en Argentina, saber cómo actuar frente a una situación fraudulenta es una herramienta que el ciudadano debe conocer. Porque el fraude, una de las maniobras más denunciadas por los mismos candidatos en diferentes comicios alrededor del mundo.

Sin embargo, denunciar fraude electoral también se ha vuelto una maniobra política para entorpecer la elección, algo similar a lo que ocurrió en los últimos comicios en Estados Unidos con Donald Trump y Joe Biden. Otros incluso lo hacen antes de que se vote para crear sospecha independientemente de cuáles sean los resultados.

De cara a las elecciones 2023, es importante conocer qué tipos de fraude existen y qué formas hay de denunciarlo. Para ello, el denunciante debe tener pruebas que certifiquen el delito para probar su veracidad. Una de las formas más comunes de hacer fraude es el voto cantado, o la aparición de votantes que tengan el DNI de un ciudadano fallecido, entre otros.

Trump denunció fraude en las últimas elecciones de Estados Unidos.


Trump denunció fraude en las últimas elecciones de Estados Unidos.

Según explica la Fiscalía Nacional Electoral, existen diferentes vías para realizar una denuncia por fraude electoral durante el desarrollo de los comicios.

Se puede hacer personalmente, en la jurisdicción correspondiente, como también por vía telefónica, comunicándose al 11-4314-2908, con atención de 8 a 18 el día de la elección, o de lunes a viernes de 9 a 13 durante la semana posterior al desarrollo de los comicios.

Otra forma de denunciar fraude electoral es a través de la misma página web de la Fiscalía Nacional Electoral. La denuncia debe estar acompañada con el nombre, apellido, DNI y el correo electrónico del denunciante, con todos los datos de la sede donde se produjo el delito.

Elecciones 2023: cómo denunciar fraude.


Elecciones 2023: cómo denunciar fraude.

En ese mismo sentido, la Cámara Nacional Electoral desde 2015 abrió la posibilidad de que las denuncias puedan hacerse directamente por Whatsapp, al 11-2455-4444, y debe contener la misma documentación que se pide de forma online.

A través de esa vía, también se puede denunciar violaciones de la veda electoral, como también la realización de campañas políticas fuera del rango permitido.

¿Cuáles son los delitos electorales?

El Código Electoral Nacional, a través de la Ley 19.945, establece las siguientes penas de 1 a 3 años de prisión para aquellas personas que:

  • Impidieren ejercer un cargo electoral o el derecho al sufragio, con violencia o intimidación.
  • Fuercen a una electora o elector a votar de manera determinada.
  • Priven de la libertad a una electora o elector para imposibilitar el ejercicio de un cargo electoral o el sufragio, antes o durante las horas señaladas para la elección.
  • Suplanten a una electora o elector, o voten más de una vez en la misma elección o de cualquier otra forma emitan su voto sin derecho.
  • Sustraigan, destruyan o sustituyan urnas utilizadas en una elección antes de realizarse el escrutinio.
  • Sustraigan, destruyan, sustituyan, adulteren u oculten boletas de sufragio desde el momento en que estas fueron depositadas por las electoras y electores hasta la terminación del escrutinio.
  • Sustraigan, destruyan, sustituyan, adulteren u oculten -antes de la emisión del voto- boletas del cuarto oscuro.
  • Falsifiquen o usen falsificada, sustraigan, destruyan, adulteren u oculten una lista de sufragios o acta de escrutinio, o por cualquier medio hagan imposible o defectuoso el escrutinio de una elección.
  • Adulteren el resultado del escrutinio.

En ese sentido, también especifica el tiempo de prisión, según el tipo de delito que se cometa:

  • Prisión de 2 meses a 2 años a quien con engaños indujere a votar de determinada forma o abstenerse de hacerlo.
  • Prisión de 3 meses a 3 años a quienes utilicen medios tendientes a violar el secreto del voto.
  • Prisión de 1 mes a 18 meses a las electoras y electores que revelen su voto al momento de emitir.
  • Prisión de 6 meses a 3 años a las electoras y electores que falsifiquen un padrón electoral y a quienes que a sabiendas lo utilicen en actos electorales, así como también a quienes retengan a otros sus documentos cívicos y la o el elector que se inscribiere más de una vez, o lo hiciere con documentos falso, anulado o ajeno, o denunciare domicilio falso.
  • Prisión de 6 meses a 2 años a quien obstaculice, demore o detenga el transporte de documentación electoral.
  • Privación de los derechos políticos por el término de 1 a 10 años, como sanción accesoria, a quienes cometen alguno de los hechos penados en el Código Electoral Nacional.

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